Aunque nos centremos en áreas como el asesoramiento fiscal y contable, tenemos que destacar un aumento de otras obligaciones relativas al alquiler vacacional y de temporada, que se suman a su peor fiscalidad, por ejemplo, al compararlas en el Impuesto sobre la renta de las personas físicas, con el alquiler de viviendas para vivir, tal como se viene tributando desde hace años.
En cuanto a las obligaciones que se iniciarán a 1 de julio de 2025, los propietarios, asegurándose de cumplir con la normativa, ya sea de la comunidad autónoma, ordenanzas municipales, etc, de esta manera solicitarán el número de registro al Colegio de Registradores, para poder comercializar sus viviendas.
A su vez, las plataformas en línea deberán facilitar la inclusión del número de registro, que será gestionado por la ventanilla única digital, en cada anuncio publicado.