En cuanto a las novedades en el IRPF cabe añadir:
Deducción a arrendadores de viviendas:
Los contribuyentes que obtengan rendimientos por el arrendamiento de viviendas, destinadas a vivienda habitual del arrendatario, podrán deducir el 10% de dichos rendimientos, siempre y cuando correspondan a arrendamientos retribuidos a precios con sostenibilidad social.
Serán precios socialmente sostenibles los que cumplan simultáneamente los siguientes requisitos:
En cuanto a las novedades en el ITP y AJD (Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados) cabe destacar:
En los tres casos será necesario, que antes de la compra o en dos años siguientes, se acredite la transmisión en escritura pública de la vivienda habitual anterior, si la hubiere.
En nuestra próxima edición de esta misma sección, Diego David González Torres, Asesor Fiscal, continuará enumerando las nuevas medidas fiscales para mejorar el acceso a la vivienda en Canarias, en vigor desde el 5 de diciembre de 2018.